Por Juan Diego Rodríguez Pardo - UACP).
Tunja,
15 de enero de 2025. (UACP). La Gobernación de Boyacá, la Secretaría de
Educación y la Subdirección Técnica del Programa de Alimentación Escolar (PAE)
dieron a conocer a rectores, docentes y comunidad en general una serie de
orientaciones para bridar un complemento alimentario a los estudiantes del
departamento en adecuadas condiciones sanitarias, de acuerdo con los
lineamientos técnicos - administrativos, los estándares y las condiciones
mínimas del PAE, emitidos por la Unidad Administrativa de Alimentación Escolar
Alimentos para Aprender – (UApA) y la normatividad vigente.
Por
lo anterior, invitan a todos los actores PAE a participar activamente y a
garantizar de manera coordinada un óptimo inicio de operación del servicio de
alimentación escolar para la vigencia 2025.
“Como
es de conocimiento de la comunidad en general, la Gobernación de Boyacá brinda
alimentación escolar al 100% de los estudiantes matriculados en los diferentes
establecimientos educativos y tiene como principio para su implementación, la
atención a los beneficiarios bajo la Modalidad Preparada en Sitio (RPS), tipo
almuerzo, teniendo en cuenta que se tiene como fin garantizar la prestación del
servicio desde el primer día calendario escolar”, explicó Eddye Reyes,
secretario de Educación.
En
este sentido, la Gobernación de Boyacá en el año 2024 suscribió convenios
interadministrativos con los 120 municipios no certificados del departamento,
con un plazo de ejecución de 101 días calendario escolar, los cuales fueron
financiados con recursos del Presupuesto General de la Nación (PNG) que fueron
asignados por la Unidad Administrativa Especial de Alimentación Escolar –
Alimentos para Aprender (UApA) y los municipios.
A continuación,
se presentan los lineamientos generales en atención al cumplimiento de las
directrices que están establecidas para el adecuado funcionamiento del PAE, en
aras de brindar un complemento inocuo y de calidad:
●
Registrar y actualizar los estudiantes matriculados en la estrategia de
permanencia escolar de acuerdo a la modalidad.
●
Definir estrategias que aseguren la participación activa y efectiva de la
comunidad educativa en todas las fases del programa.
●
Una vez inicie la operación del programa, los rectores gestionarán la
conformación del Comité de Alimentación Escolar (CAE) en su establecimiento
educativo, enviando copia de dicha conformación al equipo PAE. Adicionalmente,
convocarán a reuniones periódicas (cada dos meses) invitando cuando se requiera
a funcionarios del programa.
*
Priorizar el procedimiento de lavado y desinfección de los tanques de
almacenamiento de agua con una periodicidad semestral para el consumo humano en
las unidades aplicativas, teniendo en cuenta que sean en material sanitario y
acorde a lo descrito en el Decreto 1575 de 2007 emitido por el Ministerio de
Salud y Protección Social (MSPS), por el cual se establece el Sistema para la
Protección y Control de la Calidad del Agua para Consumo Humano.
*
Los rectores de las instituciones educativas, al inicio de operación,
entregarán de manera oportuna al operador del programa, el inventario y estado
de equipos y utensilios con los que cuenta cada restaurante escolar.
●
Desde las instituciones educativas se promoverá que los estudiantes que no
deseen recibir el complemento alimentario deberán entregar un desistimiento por
escrito al rector, debidamente firmado y autorizado por los padres de familia
durante toda la vigencia, de manera que los rectores realizarán la focalización
de los estudiantes interesados en ser beneficiarios del programa.
●
Promover la conformación de las veedurías ciudadanas en conjunto con la
Personería Municipal. Es de notar, que el PAE tendrá vigilancia de la comunidad
educativa, preferiblemente de las asociaciones de padres de familia y de los
docentes que hacen parte de la institución educativa, teniendo en cuenta lo
establecido en la Ley 2042 de 2020.
●
Para el reconocimiento de las raciones efectivamente entregadas, se tendrá en
cuenta el pago de las raciones de acuerdo con la certificación entregada por
los rectores de las instituciones educativas oficiales del departamento hasta
el 28 de febrero del año en curso.
●
Informar al municipio oportunamente al momento de presentarse contingencias
imprevisibles como es el caso de demoras en nombramiento oportuno de docentes,
actividades sindicales y paros del Magisterio, licencias e incapacidades de
docentes, falta de oferta de personal (manipuladoras de alimentos), actividades
extracurriculares, entre otras, situaciones que impiden la prestación del
servicio en los términos pactados, con el objeto de tomar las medidas
pertinentes.
Canales de atención
Los
canales de atención para la presentación de felicitaciones, peticiones,
inconformidades, quejas o reclamos, son:
- Correo Institucional: pae@sedboyaca.gov.co
- Sistema de Atención al Ciudadano de
la Secretaría de Educación de Boyacá o en las redes sociales:
Facebook:
@PAlimentarioBoyaca
Twitter:
@PAlimentarioBoy
De
esta manera, se reitera el compromiso del gobernador Carlos Andrés Amaya
Rodríguez; del secretario de Educación, Eddye Yarik Reyes Grisales, y del
subdirector Técnico del Programa, Óscar Iván Carrillo Gómez, con los
estudiantes del departamento, para brindar una alimentación escolar de calidad.
Para tal fin se brindan orientaciones claras que garanticen las condiciones
requeridas para el suministro de un complemento alimentario que no ponga en
riesgo la salud y la integridad de los estudiantes, que fortalezca su acceso y
permanencia, y que se fomente hábitos saludables en las instituciones
educativas oficiales.