[Notificación] La Alcaldía Municipal de Guaca, Santander, solicitó permiso de Concesión de Aguas Superficiales de las corrientes hídricas denominadas “Empalizada y Chiratoca”

CAS N°06629

SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE LA OFERTA DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES DISPONIBLES, EDUCACIÓN AMBIENTAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA – SAO

AUTO SAO.238.2024 – 26-06-2024



San Gil, 26 de junio de 2024

Mediante radicado CAS N°06629 de fecha 19 de abril de 2018 el señor JORGE LÓPEZ VELASCO Identificado con cédula de ciudadanía N° 91.472.989 de Bucaramanga, en calidad de representante legal de la Alcaldía Municipal de Guaca – Santander, identificado con NIT 890.208.360-0, solicitó permiso de Concesión de Aguas Superficiales de las corrientes hídricas denominadas “Empalizada y Chiratoca”, ubicadas en el predio mesetas, vereda Centro del municipio de Guaca, Departamento de Santander, para consumo doméstico de dos mil trescientos cincuenta (2.350) usuarios pertenecientes al acueducto municipal de Guaca.

DISPONE:

PRIMERO: ADMITIR la solicitud de concesión de aguas superficiales de las corrientes hídricas denominadas “Empalizada y Chiratoca”, ubicadas en el predio mesetas, vereda Centro del municipio de Guaca, Departamento de Santander, para consumo doméstico de dos mil trescientos cincuenta (2.350) usuarios pertenecientes al acueducto municipal de Guaca, realizada por la ALCALDIA MUNICIPAL DE GUACA SANTANDER, identificada con NIT 890.208.360-0.

SEGUNDO: DECLARAR iniciado el presente trámite de Evaluación Ambiental a la solicitud de concesión de aguas superficiales de las corrientes hídricas denominadas “Empalizada y Chiratoca” realizada por ALCALDIA MUNICIPAL DE GUACA SANTANDER, identificada con NIT 890.208.360-0 para consumo doméstico de dos mil trescientos cincuenta (2.350) usuarios pertenecientes al acueducto municipal de Guaca, ubicadas en el predio meseta, vereda Centro del municipio de Guaca, Departamento de Santander.

TERCERO: PUBLICAR, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 70 y 71 ley 99 de 1993 y demás normas ambientales vigentes, ESTA PROVIDENCIA DEBERÁ SER PUBLICADA en un periódico de amplia circulación regional, dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, cuya constancia deberá ser allegada a la Subdirección de la Administración de la Oferta de los Recursos Naturales Renovables Disponibles, Educación Ambiental y Participación Ciudadana de la Corporación Autónoma Regional de Santander – CAS -, para ser anexada al Expediente CAS 210.50.00286.2019, y así, continuar con el trámite correspondiente a la práctica de la vista técnica de inspección acular y evaluación ambiental.

CUARTO: NOTIFICAR, por la subdirección de Administración de la Oferta de los Recursos Naturales Renovables Disponibles, Educación Ambiental y Participación ciudadana de la Corporación Autónoma Regional de Santander – CAS – conforme al Artículo 67 del código de Procedimientos Administrativos y de lo Contencioso Administrativo, NOTIFÍQUESE el contenido de la presente providencia a la ALCALDIA MUNICIPAL DE GUACA identificada con NIT 890.208.360-0, a su representante legal o a quien delegue, quien podrá ser ubicado en la dirección: Carrera 6 N°4-28 Guaca – Santander, correo electrónico: alcaldía@guaca-santander.gov.co, previa autorización, a quien se le hará entrega de una copia de la presente providencia, dejando la respectiva constancia dentro del expediente CAS 210.20.00286.2019.

Parágrafo: De no ser posible la notificación personal, se deberá notificar según lo señalado en el Artículo 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

QUINTO: Contra lo dispuesto en la presente providencia no procede recurso alguno, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la ley 1437 de 2011.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

JOSÉ DE JESUS RUEDA BARRERA

Subdirector de Administración de la Oferta de los Recursos Naturales Renovables Disponibles, Educación Ambiental y Participación Ciudadana

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